𝗥𝗘𝗚𝗜𝗦𝗧𝗥𝗢 𝗗𝗘 𝗗𝗘𝗡𝗨𝗡𝗖𝗜𝗔𝗦 𝗩𝗜𝗡𝗖𝗨𝗟𝗔𝗗𝗢 𝗔𝗟 𝗣𝗟𝗔𝗡 𝗗𝗘 𝗩𝗜𝗚𝗜𝗟𝗔𝗡𝗖𝗜𝗔, 𝗣𝗥𝗘𝗩𝗘𝗡𝗖𝗜Ó𝗡 𝗬 𝗖𝗢𝗡𝗧𝗥𝗢𝗟 𝗙𝗥𝗘𝗡𝗧𝗘 𝗔𝗟 𝗖𝗢𝗩𝗜𝗗19 𝗘𝗡 𝗘𝗟 𝗧𝗥𝗔𝗕𝗔𝗝𝗢

Aug 19, 2020 | Categoría:

1. El registro de la denuncia debe estar vinculado al Plan para la Vigilancia, prevención y control del COVID 19 en el trabajo o con los "Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19" o con cualquier otra información que considere que, en el marco del Estado de Emergencia Sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, exponga su vida o salud, a causa del trabajo.


2. Todas las denuncias registradas serán respondidas. La fiscalización efectiva dependerá de la entidad fiscalizadora a la que sea derivada.


3. El MINSA a través del CENSOPAS del INS realiza la fiscalización posterior de los Planes registrados. La fiscalización posterior se realiza a través de un procedimiento de muestreo aleatorio, por lo que no todas las denuncias son fiscalizadas posteriormente.


4. El registro de la denuncia es realizado por el trabajador de la empresa a ser denunciada o el representante legal del trabajador o un familiar directo en caso de que éste se vea imposibilitado de realizar la denuncia.


5. Se mantendrá en reserva la identidad del denunciante. Ley de protección de datos personales Ley 29733.

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